La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya tiene dos proyectos contra la prisión preventiva oficiosa y esta es la propuesta para eliminar la medida cautelar pese a desacuerdo de Morena.
Desde 2022, se discutía en la SCJN la eliminación de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, la cual también tiene en contra a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Y es que la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que procede sin que un juez la imponga, de manera directa, automática y obligatoria, por lo cual la Corte IDH acusó de que México ha abusado de ella.
SCJN va contra prisión preventiva oficiosa; proyecto de Jorge Pardo Rebolledo propone a jueces justificarla
El ministro de la SCJN, Jorge Pardo Rebolledo presentó un proyecto sobre la forma en la que el Poder Judicial debe cumplimentar la sentencia de la Corte IDH sobre la prisión preventiva oficiosa.
Al respecto, el proyecto determina que los jueces en México están obligados a ejercer un control de convencionalidad ex oficio de la prisión preventiva oficiosa, es decir, deben revisarla por iniciativa y no aplicarla.
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Ya que determina que la prisión preventiva oficiosa es una pena anticipada que viola los derechos humanos, el principio de igualdad y no discriminación, así como el rol del juez, afectando la independencia judicial.
Por lo cual, el “Expediente recepción de sentencias internacionales 3/2023″ determina que en caso de que el imputado sí merezca la medida cautelar de prisión preventiva, deberá ser justificada, sin presunciones o prejuicios.
![SCJN va contra prisión preventiva oficiosa](https://www.sdpnoticias.com/resizer/v2/5QYCUWNTB5GA3BM76JPWXIVLGY.jpeg?smart=true&auth=bff39e46048caa93f98841f65e388c576d2db7d09e1fc54b0aab5ad29cf0abf6&width=1920&height=1280)
Este es el proyecto de Margarita Ríos Farjat contra la prisión preventiva oficiosa
Por otra parte, hay un segundo proyecto de la ministra de la SCJN, Ana Margarita Ríos Farjat, quien resuelve una acción de inconstitucionalidad que fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Esta misma es en contra del artículo 167 “Causas de procedencia” del Código Nacional de Procedimientos Penales, específicamente de las reformas que se hicieron en 2019, así como las hechas a 8 leyes federales.
En el proyecto de la SCJN se determina que en lugar de la prisión preventiva oficiosa de manera automática, se instaure un debate para considerar dicha medida cautelar, esto sería, un “nuevo entendimiento”.
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E instaurar un protocolo previo de las pruebas que justifiquen la prisión preventiva y que orienten mejor al órgano jurídico, en este caso los jueces, debatirán obligatoriamente si debe aplicarse o no dicha medida cautelar.
Y de esta manera no se liberen de manera inmediata a personas con potencial de peligrosidad, ya que eliminar la prisión preventiva oficiosa no significa pasar a la impunidad o debilitamiento del Poder Judicial.
Al respecto, se solicitaría un mayor esfuerzo de los fiscales (que también serían capacitados) para justificar la prisión preventiva en los casos que señala el artículo 19 de la Constitución, los cuales son ordenados por el juez.