¿Cómo habilito el buzón tributario? Te contamos el paso a paso para que no pagues multas; pero antes, te decimos qué es este requisito del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que recién concedió una prórroga.
De acuerdo con lo mencionado por el SAT, en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación se determina que no habilitar el buzón tributario es considerado una infracción.
Por lo mismo, la multa por no habilitar el buzón tributario por parte de las personas o empresas que estén inscritas con RFC, podrían ser desde los 3 mil 850 hasta los 11 mil 580 pesos.
El útlimo día para activar el buzón tributario era este martes 31 de diciembre, pues a partir de 2025 se cobrarían las multas; sin embargo, el SAT autorizó una prórroga para concretar el trámite.
Buzón tributario: SAT da prórroga para realizar el trámite; esta es la nueva fecha
Hoy lunes 30 de diciembre, el SAT autorizó una prórroga para dar más tiempo a los contribuyentes de que activen su buzón tributario y se eviten multas de hasta casi 11 mil pesos.
A través de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, el SAT informó sobre la prórroga para la activación del buzón tributario.
La nueva fecha límite para realizar este trámite es de un año; es decir, que los contribuyentes podrán activar su buzón tributario a lo largo del siguiente año y hasta el 31 de diciembre del 2025.
¿Qué es el buzón tributario? El SAT ofrece estos beneficios por habilitarlo
El buzón tributario es “un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes”, para que de esta manera se les notifique de manera ágil y segura actos administrativos o mensajes de interés.
Dichos mensajes solamente son emitidos por parte del SAT, es decir, los contribuyentes no serán notificados por parte de alguna otra dependencia mediante el buzón tributario.
El SAT también enlistó los beneficios que tiene el habilitar el buzón tributario, como:
- Da certeza jurídica de las resoluciones del SAT, así como sus operaciones;
- Es un portal privado y personalizado;
- La notificación es vía electrónica, directamente a los medios de contacto registrados;
- Se puede recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales;
- Proporciona información útil para el cumplimiento de las obligaciones fiscales;
- Reducción de tiempo en trámites.
Las únicas excepciones que hace el SAT respecto a la habilitación del buzón tributario, son las personas físicas o morales suspendidas o que no cuenten con ingresos.
Igualmente es opcional si no cuentan con ingresos, son asalariados o con ingresos anteriores menores a 400 mil pesos anuales.
¿Cómo habilito el buzón tributario? El SAT te explica paso a paso
Para habilitar el buzón tributario se necesita estar inscrito al SAT y contar con RFC y tu contraseña, o e.firma, para acceder a tu cuenta en el portal del servicio; además son necesarios un número de celular y correo electrónico.
Este es el paso a paso para habilitar el buzón tributario:
- Dirigirte al portal de internet del SAT, www.sat.gob.mx;
- En la parte de abajo se encuentra la opción “Habilita tu buzón tributario”, en donde debes dar clic;
- Te solicitará tu RFC y contraseña, además de capturar el código Captcha;
- Aparecerá una pantalla en la que solicitarán mínimo un correo electrónico (puedes proporcionar hasta 5);
- Y también un número de celular;
- Una vez que llenes y confirmes tus datos, dar clic en “continuar”.
- Te aparecerá un mensaje en el que menciona la fecha, folio y hora del registro: seleccionar “imprimir acuse”;
- Llegará un mensaje tanto en tu correo electrónico, en el cual debes dar clic “aquí”;
- Y un mensaje sms en tu celular, en este caso un número, que es el código de activación;
- Dicho número se ingresará nuevamente en el sitio del SAT, en la opción “configuración”;
- En esa misma pantalla, aparecerá que ambos medios de contacto ya se encuentran confirmados.
También es posible desde el “Minisitio de buzón tributario”:
- En un costado del minisitio se encuentran dos círculos, uno de ellos (color verde) dice “habilita tu buzón tributario”;
- Te redirigirá a la pantalla para acceder a tu cuenta del SAT con contraseña o e.firma;
- Son los mismos pasos anteriores.
El SAT te dará hasta 72 horas para confirmar los medios de contacto, de otra manera deberás repetir los pasos anteriores para habilitar tu buzón tributario.